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Un juez condena a Educación a pagar 6.000 € a una familia objetora por publicar los datos de los niños en el BOJA

ABC SEVILLA m. benítez / sevilla

Día 03/02/2011 - 07.13h
En la foto CARLOS SECO, Presidente de la Federación Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos de Sevilla, FECAPA-SEVILLA
Nuevo varapalo de los tribunales a la Consejería de Educación, en este caso a cuenta de Educación para la Ciudadanía, la polémica asignatura que lleva casi tres años enfrentando a la administración autonómica con los padres católicos.
El juzgado de lo contencioso administrativo numero seis de Sevilla ha condenado a la Junta de Andalucía a indemnizar con 6.000 euros a los padres de una menor cuya identidad salió en el BOJA de octubre de 2008. La Consejería de Educación publicó en el citado boletín los nombres y apellidos de mas de 80 niños, todos ellos menores de edad, cuyos padres habían objetado contra la asignatura para que no entraran en clase. Esa publicación provocó una enorme polémica e incluso el Defensor del Pueblo Andaluz dictó una resolución y cuestionó la forma de actuar de la Administración autonómica. Y también inició una investigación la Fiscalía de Sevilla aunque finalmente fue archivada.
Ahora el juzgado ha decidido estimar el recurso de los padres de la niña en contra de la resolución de la propia Junta de Andalucía que desestimaba la responsabilidad patrimonial. Y condena a la Consejería de la que es titular Francisco Álvarez de la chica, por los daños morales causados a la menor a pagarle 6.010,12 euros. La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, estima que en este caso se pague a la familia los intereses legales desde que se le notifique el escrito del juzgado. Y todo porque considera que se ha producido «un daño en la esfera moral» de la recurrente.
El juez, que se ha basado en una sentencia anterior que ya condenó a la Junta a pagar a otros padres por lo mismo, hace una reprimenda a la Administración. Concretamente asegura que la Junta de Andalucía debía haber puesto «una especial atención, diligencia y celo en este asunto, absteniéndose de publicar el nombre del menor cuyos padres han solicitado que no se imparta la asignatura». Según el fallo, «es un hecho que con esa publicación se ha señalado a un menor cuyos padres forman parte de los ciudadanos que han optado por seguir una línea de actuación respecto a la asignatura de referencia».
El juzgado se remite a la Ley de Derechos y Atención del Menor de la Junta de Andalucía que recuerda que la administración «protegerá el honor, la intimidad y la propia imagen de los menores». El presidente de los padres católicos, Carlos Seco, valoró de forma positiva el fallo y afirmó que, por mucho que se empeñe Educación, los tribunales están dando la razón a los padres.

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