Fuente.- ANALISIS DIGITAL Redacción - 23/03/2011
El sector educativo rechaza el anteproyecto de ley de igualdad de trato y no discriminación
Recientemente, diferentes medios de comunicación se han hecho eco, de una u otra forma, del informe emitido por el Consejo General del Poder Judicial sobre el anteproyecto de Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación, resaltando determinadas cuestiones puestas de manifiesto por el máximo órgano de gobierno de los jueces, y emitiendo, a su vez, su particular y legítima valoración de la proyectada disposición.
Partiendo del citado informe, y teniendo en cuenta que estamos ante el texto de un "anteproyecto" de Ley, que debe pasar aún por diversos trámites, las organizaciones firmantes, que representan al sector de la enseñanza privada (titulares, padres y profesores), manifestamos nuestra gran inquietud porque este anteproyecto no respeta las normativas comunitarias. Por todo ello, consideramos necesario puntualizar una serie de cuestiones:
Primera.- Si la futura Ley está motivada, como dice en su Exposición de Motivos, en la necesidad de trasponer diversas Directivas comunitarias, pedimos que no sólo identifique con claridad cuáles son las que efectivamente se trasponen, como bien dice el CGPJ, sino que, además, las desarrolle conforme a la letra y espíritu de las mismas, cosa que en la actualidad no hace.
Llama la atención que el Anteproyecto no se haga eco de la Directiva 2004/113, de Aplicación del Principio de Igualdad de Trato entre Hombres y Mujeres al Acceso a Bienes y Servicios y su Suministro, a la que alude, el Anteproyecto de Ley, teniendo en cuenta que el considerando 13 y el artículo 3.3º, excluyen de su aplicación los medios de comunicación y la enseñanza, tanto pública como privada y, al mismo tiempo que se prohíbe la discriminación, exige, en su considerando 3, que respeten otros derechos y libertades fundamentales como la protección de la intimidad, la vida familiar y la libertad religiosa.
Segunda.- El CGPJ advierte en su informe de la posible lesión a otros derechos de las personas; de la falta de concreción de: conceptos y definiciones, procedimiento sancionador y sanciones accesorias; de la duplicidad de funciones entre la nueva Autoridad que se crea y el Defensor del Pueblo; de cargar a los sindicatos con la onerosa tarea de ser "guardianes abstractos de la legalidad", en contra de una consolidada y unánime doctrina jurisprudencial del TC y del TS; de problemas competenciales entre el Estado y la CC.AA. y de la disparidad de desarrollo que puede producirse y que puede redundar en una mayor desigualdad.
Tercera.- Preocupa enormemente que se pretenda su tramitación como ley ordinaria cuando afecta, o quiere afectar, al derecho fundamental a la educación, consagrado en el Artículo 27 de la Constitución y desarrollado por Ley Orgánica, 2/2006, o al derecho a la igualdad entre hombres y mujeres regulado por la Ley Orgánica 3/2007, o a las leyes orgánicas que regulan la libertad de expresión e información, ya que de esta manera se elude la mayoría reforzada que impone la Constitución al Poder Legislativo para poder regular e injerirse en las libertades públicas y derechos fundamentales de los ciudadanos.
Cuarta.- Respecto a la incidencia del Anteproyecto en la Educación debe señalarse, que el dictamen judicial subraya que la "redacción imprecisa" y "ambigua" del texto gubernamental establece un "margen de incertidumbre demasiado amplio" que, a juicio de CECE, Escuelas Católicas, UECOE, CONCAPA, COFAPA, FSIE y USO requiere una mayor concreción sobre el alcance del anteproyecto en el ámbito de los centros educativos. Estas organizaciones expresan además su inquietud por la conflictividad que podría llegar a provocar la definición del concepto de igualdad por una autoridad sancionadora arbitraria y sujeta a interpretaciones subjetivas o coyunturales.
Por otra parte, respecto a la educación concertada, la redacción actual del Anteproyecto podría llegar a cuestionar modelos pedagógicos avalados por el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo y los organismos internacionales. Por ello el Consejo General del Poder Judicial, propone una modificación que garantizaría en materia de conciertos la seguridad jurídica y la máxima efectividad de los derechos fundamentales.
Con todo, lo más preocupante para las entidades antes mencionadas es la sobrecarga de dificultad que este anteproyecto impone a los centros escolares, obligando a titulares y profesores a demostrar continuamente que sus acciones no son discriminatorias en el transcurso ordinario de la convivencia escolar, es decir, a demostrar la no culpabilidad.
En definitiva, esperamos que este proyecto normativo -que desde el mundo educativo no vemos ni urgente ni prioritario-, si sigue su desarrollo se ajuste a las directivas comunitarias, a lo que la sociedad necesita en materia de igualdad y no a una pretensión ideológica del Gobierno.
CECE, Escuelas Católicas, UECOE, CONCAPA, COFAPA, FSIE y USO instan a los grupos políticos con representación parlamentaria a ejercer su responsabilidad en la defensa del pluralismo educativo, y el derecho constitucional de los padres a la elección de centro y a la gratuidad de las enseñanzas básicas y obligatorias.
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