9/5/09

¿POR QUÉ RECHAZAMOS EPC?

  1. PORQUE INVADE UNA COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LOS PADRES:  Los decretos que regulan actualmente Epc reconocen expresamente que pretenden la “construcción de la conciencia moral”, revelando así su carácter contrario a nuestra constitución española que establece en su art. 27,3 CE: "Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones". La actual regulación de EpC pretende invadir un ámbito sagrado, cual es el de las conciencias de los alumnos.
  2. POR QUE EL ESTADO SE CONSIDERA FORMADOR MORAL DE LOS ALUMNOS: El Estado considera que para mejorar la convivencia no es suficiente con dictar normas, sino que debe llegar mas lejos, moldeando la conciencia de los jóvenes, tal y como han dicho los dictadores en la historia, es el estado del pensamiento único.
  3. IDEOLOGÍA DE GENERO: Epc hace constantes alusiones a la ideología de género, según la cual no nacemos hombre o mujer, sino que la opción sexual se elige posteriormente independientemente de la genitalidad. Según esta ideología-teoría existen, según la libre elección de cada uno, diferentes “orientaciones afectivo-sexuales”, todas ellas equiparables, y la diferenciación y complementariedad sexual entre varón y mujer -base de la familia- es una construcción cultural que debe superarse por antigua. No se nace hombre o mujer, cada uno elige, según los defensores de esta ideología.
  4. CRITERIOS DE EVALUACION: los decretos que regulan la asignatura establece que los “criterios de evaluación” de ésta no se basan en la adquisición de conocimientos (aprendizaje), sino en la observación de los comportamientos de los alumnos para comprobar que han asimilado los planteamientos ideológicos de los contenidos. No basta con "aprender" lo que enseña el profesor, los alumnos deberán demostrar con sus "actitudes" que han captado el contenido de la asignatura.
  5. ETICA PUBLICA : EpC defiende la construcción de un “mínimo común ético”, pero para ello pretende sacrificar la ética privada, la de cada persona, así como la opción religiosa individual, con el grave peligro de crear en los alumnos una confusión en cuanto a la separación de la vida privada y pública.
  6. VALORES?: aunque presume de formar en valores a los alumnos se hace referencia a valores que no están recogidos en la Constitución o en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre. Es decir, que no son comunes a toda la sociedad y sí de una determinada parte de la sociedad que pretende imponer a los demás su visión.
  7. INNECESARIA: los contenidos de la asignatura que sí son necesarios y justificables -conocimiento de las Declaraciones de Derechos Humanos, de la Constitución o del funcionamiento del sistema político- pueden incorporarse a otras asignaturas, como Conocimiento del Medio o Ciencias Sociales, o bien ser tratados de forma transversal.

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