28/3/12
PP, UPyD y FAC apoyan la ampliación a tres años del Bachillerato
27/3/12
Los centros detectan casos de absentismo y fracaso escolar por adicción a internet
26/3/12
El Supremo reconoce la experiencia como profesor de Religión en el baremo de oposiciones
La recurrente consideraba que a tenor de lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 25 de Febrero del 2008 por el que se convocaban las oposiciones, se debía aumentar la puntuación obtenida en la fase de concurso de la prueba de acceso en 3,0095 puntos, lo que le hubiera valido obtener una plaza de funcionario en prácticas. El TSJA desestimó su recurso conforme a lo alegado por el Letrado de la Junta de Andalucía, por entender que concurría la excepción de acto firme y consentido, al entender que las alegaciones contra la orden se había presentado en plazo no correspondiente.
Sin embargo, la recurrente expone que lo hizo "cumpliendo con las bases de la convocatoria" ya que, en su condición de profesora de Religión no forma parte del personal docente interino, sino que la relación que le une con la Administración es de carácter laboral, por tanto no le afectan las resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por las que se publican los listados de experiencia docente previa del personal interino a efectos del proceso selectivo, en las que el TSJA basa la inadmisión del recurso.
El Supremo alude a la ley sobre calidad de la enseñanza que recoge que "la experiencia docente que deriva de su genérica impartición en centros públicos, debía ser incluida como mérito a valorar en la fase de concurso" y ordena la retroacción del procedimiento administrativo al momento inmediatamente anterior a la fase de baremación de los méritos, para que le sea valorada esta experiencia docente. Además, establece que en el caso de que debiera haber resultado incluida en la lista de personal seleccionado, a declarar superado el procedimiento selectivo, se le nombre provisionalmente personal funcionario en prácticas, con todos los demás efectos que legalmente procedan.
21/3/12
Fechas matriculas y admisión alumnos centros docentres sostenidos con fondos públicos curso 2012-2013
La Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por medio de sendas resoluciones de los directores territoriales de Alicante, Castellón y Valencia que hoy publica el Diario Oficial de la C. Valenciana (DOCV), ha fijado la normativa por la que se regirán el calendario y el procedimiento de admisión del alumnado a las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional en centros públicos y concertados no universitarios para el curso 2012-2013.
Por lo que respecta al plazo de formalización de matrícula, será del 18 al 27 de junio para Infantil y Primaria, del 19 al 25 de julio para la ESO y PCPI y del 18 al 25 de julio para Bachillerato y FP.
La presentación de instancias de confirmación de plaza de alumnos adscritos a un centro se hará hasta el 27 de marzo, tanto para el acceso a Infantil y Primaria, como para la ESO.
La publicación de las áreas de influencia y limítrofes será hasta el 4 de mayo, tanto para el acceso a Infantil y Primaria como para Secundaria Obligatoria. La publicación de vacantes existentes en los centros educativos para el proceso de admisión será también hasta el 4 de mayo para Infantil y Primaria y hasta el 23 de mayo para la ESO y PCPI, Bachillerato y FP.
En la matrícula ordinaria, el primer plazo dentro de este proceso es el de presentación de solicitudes de admisión en el centro que se haya solicitado en primera opción, y debe llevarse a cabo para alumnos de Infantil, Primaria, ESO, PCPI, Bachillerato y FP en las fechas señaladas anteriormente.
Tras la comprobación de duplicidades, la baremación de las solicitudes y la remisión a las comisiones de escolarización de las listas de alumnos admitidos y no admitidos, la elaboración de las listas provisionales y la publicación de las mismas será en Infantil y Primaria el 4 de junio; en la ESO, PCPI y Bachillerato el 9 de julio y para los ciclos formativos de Grado Medio y Superior de FP el 5 de julio.
Después de los procesos de reclamación y contestación de las mismas, los centros publicarán la lista definitiva de alumnado admitido en Infantil y Primaria el 13 de junio; en Secundaria y PCPI el 13 de julio y en Bachillerato y Formación Profesional el 12 de julio.
La matriculación de alumnos para cubrir las plazas vacantes por renuncia o excedentes será para Infantil y Primaria el 28 y el 29 de junio; en ESO, PCPI, Bachillerato y FP, el 26 y el 27 de julio.
Matrícula extraordinaria de septiembre
En relación con el proceso de matriculación extraordinaria de septiembre, la normativa publicada hoy establece que la publicación de vacantes en la ESO, en PCPI y en Bachillerato se hará el 10 de septiembre y las de FP el 12 de septiembre.
La presentación de solicitudes de admisión se realizará del 10 al 11 de septiembre en la ESO y PCPI, hasta el 11 de septiembre en Bachillerato y del 12 al 17 de septiembre para FP (con requisito académico).
La publicación de las listas provisionales se efectuará en las fechas siguientes:
- ESO y PCPI: 12 de septiembre
- Bachillerato: 12 de septiembre
- Ciclos Formativos de FP: 19 de septiembre
- ESO y PCPI: 13 de septiembre
- Bachillerato: 13 de septiembre
- Ciclos Formativos de FP: 24 de septiembre
- ESO y PCPI: hasta el 13 de septiembre
- Bachillerato: hasta el 14 de septiembre
- Ciclos Formativos de FP: del 24 al 26 de septiembre
20/3/12
Los casos de absentismo escolar en Valencia se doblan en lo que va de año al pasar de 10 a 20 cada mes
Una juez de Alicante da la razón a unos padres que desean educar a su hijo en casa
Respecto a las posibles consecuencias psicológicas para el menor derivadas de la falta de escolarización, la juez señala que «no se evidencia retraso ni aislamiento de la realidad social», y enfatiza que, además, «pertenece a un equipo de fútbol, donde tiene amigos».
16/3/12
El Gobierno valenciano fijará las vacaciones docentes en agosto y reducirá las escolares
15/3/12
Cataluña reincide y esconde la casilla del castellano en la preinscripción escolar
11/3/12
En castellano y en catalán
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La prueba más evidente de que el conflicto lingüístico en Cataluña raya con lo kafkiano y abunda en cinismo político es que los defensores más acérrimos de la preeminencia del catalán sobre el castellano recurren a los periódicos y a la prosa en castellano para su cruzada, una especie de esquizofrenia propia de la patología nacionalista.
Cabría pensar que los tribunales en esta comunidad autónoma están vacunados contra ese mal, pero a juzgar por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, dada a conocer el pasado jueves, es evidente que no. Su pirueta jurídica es más propia de una pista de circo que de la administración judicial. Recordemos el proceso. Hace año y medio, en diciembre de 2010, el Tribunal Supremo estimó la demanda de varias familias catalanas a las que la Generalitat les negó la escolarización en castellano de sus hijos.
El Alto Tribunal sentenció que tanto el catalán como el castellano deben ser lenguas vehiculares de aprendizaje, y no sólo la primera como exige la legislación autonómica. Es decir, el Supremo estableció los límites de la inmersión lingüística que desde hace 30 años se practica en la escuela con manifiesta marginación del castellano.
Pasaron los meses y como la Generalitat no se daba por aludida, el Supremo instó al Superior de Cataluña a que velara por la ejecución de la sentencia. Tras un tedioso trabajo de leguleyos que no merece mayor detalle, el tribunal catalán falló la pasada semana con el pasteleo conocido: desaira la decisión del Tribunal Supremo, avala la inmersión lingüística de los nacionalistas y relega el castellano a una lengua para cuya tutela efectiva debe recurrirse al juez. Es decir, cuando una familia desee escolarizar a su hijo en castellano debe pedir el auxilio de la Justicia, lo que es una burla al Estado de Derecho.
Ni que decir tiene que la presión de los nacionalistas sobre el tribunal autonómico ha sido avasalladora, hasta el punto de que la consejera de Educación no se privó en afirmar públicamente que jamás acataría una sentencia que colocara al castellano a la misma altura que el catalán. Los socialistas se han sumado con entusiasmo a esta postura y no consta que Rubalcaba haya expresado su rechazo, de acuerdo a su promesa de defender lo mismo en todas las partes de España.
En todo caso, el contencioso no termina aquí y la pelota vuelve al Tribunal Supremo, cuya obligación es velar por los derechos de todos los españoles. Tarea que no sólo incumbe a la Justicia, sino también a los poderes públicos, empezando por el Gobierno de la nación. Por su parte, los nacionalistas deberían recapacitar sobre su fanatismo lingüístico, que les aproxima a quienes en la dictadura franquista arrinconaron el catalán, porque las lenguas no son de los territorios, sino de las personas. Y cuando se trata de la enseñanza, su elección es un derecho inalienable de los padres.
Fuente. La Razon
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José F. Berná Serna
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10/3/12
Sobre la Sentencia del TSJCataluña en materia de inmersión lingüística
El nuevo modelo Plurilingüe contempla un mínimo de una asignatura en inglés en todos los centros docentes
Català ha adelantado hoy a estos representantes que "el nuevo modelo de plurilingüismo contemplará dos programas (uno mayoritariamente en Castellano y otro mayoritariamente en Valenciano) que garantizarán la impartición de una asignatura, como mínimo, en inglés y que no pertenecerá a ninguna área o materia lingüística.
En este sentido, la consellera ha explicado que "la pretensión es que este nuevo modelo se implante el próximo curso 2012-13 y se haga de manera temprana, es decir, desde el primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil".
Català ha destacado que esta primera tanda de reuniones "se enmarca dentro de la política de consenso y diálogo que, desde la Conselleria de Educación, Formación y Empleo estamos llevando a cabo con todos los grupos de trabajo, de forma previa a la formalización de estas iniciativas y que tiene como objetivo trasladar a todos los grupos parlamentarios una información completa sobre líneas generales de actuación que desarrollaremos en Plan de Choque Contra el Fracaso Escolar y el decreto del Plurilingüismo".
Esta ronda de encuentros continuará, la semana que viene, con la reunión de la consellera con el portavoz del PSPV-PSOE y con el portavoz del grupo parlamentario popular en les Corts Valencianes.
Nuevo Plan de Plurilingüismo
Más de 271 los colegios e institutos se han acogido a la red de Red Centros Plurilingües de la Generalitat Valenciana. Así, son los propios centros docentes los que quieren que se implante este modelo plurilingüe en las aulas como una apuesta por el futuro de nuestros jóvenes.
Un total de 129 centros educativos valencianos solicitaron este año incorporarse a esta Red, creada en el mes de abril de 2011 por la conselleria de Educación, Formación y Empleo, que junto con los 142 que ya forman parte de la Red y que se incorporaron en la primera convocatoria, suman un total de 271 colegios e institutos, lo que supone casi duplicar la cifra inicial de centros interesados en esta Red.
Wert no quiere que 'al primero de la clase' se le considere un 'friki'
El ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, ha criticado que en España al primero de la clase se le considere un 'friki', cuando, a su juicio, éste debe servir de "ejemplo" para el resto de sus compañeros.
"No puede ser que el primero de la clase sea un 'friki'. Puede ser que no suscite las mismas simpatías que Rafa Nadal o que Pau Gasol pero, al menos, debería ser un ejemplo para el resto de sus compañeros", ha indicado el ministro durante la entrega de los II Premios de Buenas Prácticas Educativas, organizados por la plataforma Mejora tu Escuela Pública (MEP), en colaboración con Obra Social 'La Caixa'.
El ministro ha utilizado el símil deportivo para hacer hincapié en la necesidad de un reforma educativa en la que se reconozca la recompensa por el esfuerzo. "La primera reforma que necesita la educación española es aplicar a la educación la misma escala de valores que en el deporte. Quiero que se valore el éxito como un aspecto a destacar y a potenciar", ha remarcado.
Asimismo, ha recalcado que el "objetivo fundamental" del Estatuto del Docente no Universitaria en el que ya trabaja el Ministerio es el de "promover el reconocimiento de la figura del maestro dignificando la profesión". En este sentido, ha abogado por buscar medidas para que los alumnos respeten "las normas de juego" y "al árbitro" que es el profesor. Para ello, ha recalcado, el Ministerio revisará el proceso de selección y elevará "los niveles de exigencia en el acceso a la carrera, ya que se habían relajado excesivamente en los últimos años".
El objetivo último, ha indicado Wert, es el de "atraer a los mejores a la docencia" y para ello "es necesario también ofrecerles un proyecto de carrera atractivo, fomentando los factores de la autoexigencia y la automotivación".
Igualmente, el titular de Educación ha insistido en la idea de que dotar de mayor autonomía a los centros educativos. "Quien mejor que el profesor sabe lo que necesitan y lo que quieren los alumnos. Desde luego, no un funcionario del ministerio, ni de la Comunidad Autónoma", ha finalizado.
Fuente: El Mundo Europa Press sábado 10/03/2012 02:47 horas
9/3/12
Extremadura propone incluir la igualdad de género en 'Educación Cívica'
Institutos obligan a alumnos a asistir a cursos de educación sexual pese a ser voluntarios
- Institutos obligan a alumnos a asistir a cursos de educación sexual pese a ser voluntarios
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Varios institutos valencianos imparten el Programa de Intervención Sexual (PIES) de forma obligatoria pese a que este taller es de carácter voluntario, tal y como se recoge en el desarrollo del mismo. Así lo denuncia la Federación Educación y Desarrollo en Libertad en la Comunitat (Fedel).
Estos cursos de sexualidad están dirigidos a los alumnos de 3º de ESO de los centros tanto públicos como concertados que lo solicitan y los llevan a cabo profesionales sanitarios acompañado de un orientador (psicólogos o psicopedagogos). Son optativos por lo que los padres deben recibir una charla informativa previa sobre el contenido y tienen la posibilidad de renunciar a ellos si así lo consideran.
Pero progenitores y educadores ponen la voz de alarma en que no siempre se ofrecen estas instrucciones de la Conselleria de Educación. Una circular de un centro de Secundaria de la provincia de Valencia dirigida a las familias de los estudiantes a la que ha tenido acceso LAS PROVINCIAS informa de la puesta en marcha de varias actividades complementarias, entre ellas el PIES. Recuerda que estas actividades «desarrolladas durante horario lectivo son de obligada asistencia».
La carta, fechada en enero de 2012, añade que las faltas tendrán que ser «justificadas» por el procedimiento ordinario. El presidente de Fedel, Jorge Sánchez-Tarazaga, considera que toda «actividad extracurricular por mucho que se imparta en horario lectivo no forma parte de la Enseñanza Obligatoria». Y lo compara, por ejemplo, con una excursión o la visita a un museo.
Sánchez-Tarazaga, que es abogado, destaca que para cualquier enseñanza de estas características, aunque se desarrolle en hora de clase, es necesario tanto la autorización previa como «la justificación pertinente si no se va a acudir». Pero el presidente de Fedel insiste en que en varios centros no hay ningún tipo de información a los padres.
«Nosotros somos los responsables de la educación de nuestros hijos y no podemos permitir que otro decida o actúe en esta labor sin nuestro conocimiento y aprobación. Respetamos que haya personas a las que les parezca adecuado este plan pero también debemos tener las herramientas necesarias para renunciar», añaden desde esta entidad valenciana.
Estos cursos de educación sexual, distribuidos en tres sesiones de dos horas, comenzaron a darse en 2008. «En un principio no se recogía la posibilidad de la charla informativa ni de la renuncia. Fue en 2010, tras la oposición que mostraron muchas personas por su contenido, cuando se incluyeron estas novedades en el propio plan del PIES. Y esto también se está incumpliendo», apuntan desde Valencia Educa en Libertad.
El desarrollo del programa impartido por la Generalitat recoge esta reunión explicativa con los padres para informarles «del contenido y de la voluntariedad por parte de las familias de aceptar que su hijo participe en el programa».
Ante estos «abusos», los padres de estudiantes de un centro donde se da el curso sin su consentimiento acudieron a hablar con el tutor de 3º de ESO y le entregaron una carta con su negativa. «Nuestra sorpresa fue que nos respondió que en las horas en las que el resto de alumnos estaban en el aula, tendríamos que hacernos cargo los padres. Lo propio sería que permanecieran en el centro bajo la tutela del docente como ocurre con cualquier actividad complementaria».
De hecho, en los casos en los que los alumnos no hacen una salida o curso por cualquier circunstancia, permanecen en el aula con el profesor (si no ha salido con el grupo) o con el docente de guardia, que ya decide si llevarlo a la biblioteca o a otra clase de su mismo curso, según explican fuentes docentes.
Los cursos voluntarios, que se imparten estos meses en diversos centros de Secundaria de la Comunitat a pupilos de 14 y 15 años, buscan «proporcionar al alumno una vivencia positiva de la propia sexualidad y unos comportamientos sexuales acordes con las opciones más saludables», puede leerse en el programa.
En los talleres se llevan a cabo diversas actividades sobre la diversidad sexual, debates para hablar «abiertamente de sexo, placer y satisfacción» y se abordan los comportamientos de prevención del embarazo y de infecciones de transmisión sexual.
8/3/12
PSPV firma el manifiesto estudiantil que exige retirar la autoridad del profesor en el aula
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Sarrión (PSPV), Ferri (Compromís), Alarte (PSPV), Ordóñez (Faavem), Sanz (EU) y López (EU), tras la firma del manifiesto | LP |
7/3/12
La libertad de educación. Por Jorge Sanchez-Tarazaga
Nosotros vamos a considerar a aquella visión de la libertad de educación que considera al educando en una visión integral como persona, más amplia que aquella que lo confina a su concepción como ciudadano o individuo. Hablamos de un niño, de un adolescente, de un joven que es algo más que un sujeto de políticas educativas, de derechos y deberes contingentes que el Estado otorga como concesión graciosa. Consideramos a un ser con dignidad intrínseca, con un valor propio inalienable por el hecho de ser precisamente persona.
Tirios y Troyanos hipotéticamente partimos de la misma concepción de qué es la libertad de educación, o deberíamos, considerando que la Constitución española declara que la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. Ésta es la óptica de los textos internacionales, que declaran que el objeto de la educación debe posibilitar que la persona desarrolle «… sus aptitudes y su juicio individual» (Declaración de los derechos del niño –Dddn–, principio 7) en todas las dimensiones de su existencia, o sea, «física, mental, moral, espiritual y socialmente» (Dddn, principio 2). En consecuencia, este objeto debe entenderse enmarcado en el deber de los poderes públicos de dotar al niño especialmente, y a la persona en general, de un nivel de vida adecuado para su desarrollo integral (Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales –PIESC–, artículos 11 y 12; Convenio sobre los derechos del niño –Cddn–, artículo 27; Charter of fundamental rights… op. cit., art. 24).
Intrínsecamente unido a este aspecto individual, la educación es factor de sociabilidad que ayuda al niño a «llegar a ser un miembro útil de la sociedad» (PIESC, artículo 13.1; Dddn, principio 7); sociabilidad que siempre parte del presupuesto fundamental y tiene como límite absoluto el fin de la educación de buscar el interés superior del ser humano (Dddn, principio 7; Cddn, artículo 3.1). Al reconocimiento de esta evidencia, le sigue la constatación de que el entorno natural de aquél que acompañamos en el camino de ser "persona que vive para sí" hacia la "persona relacional" es la familia. Familia donde, salvo anomalías, se le quiere como es y es donde se le va a transmitir no sólo el don más preciado, la vida, sino también el ser en relación y el cómo ser en relación.
En consecuencia, es esencial para la construcción de la sociedad reconocer, promover y garantizar la libertad de los padres para educar a los hijos en sus propias convicciones ideológicas, éticas y religiosas, según reconocen la Constitución y los tratados sobre educación ratificados por España. Dicho de otra forma: o la libertad de educación acompaña a los niños a elegir el bien, lo bello, lo constructivo, en definitiva, lo que les hace crecer como personas, o no hay instrucción para la libertad (porque nadie sujeto sin remisión a sus pasiones y deseos es realmente libre), ni tampoco educación (ex ducere: sacar lo más bueno de cada uno para el mejor desarrollo de sus posibilidades). Sólo una correcta comprensión, por lo tanto, de la libertad de educación, la sitúa en su auténtico contexto: la familia. Educación que integre los valores morales y religiosos según las convicciones de los padres, como es su derecho, y como conviene al desarrollo integral de los jóvenes.
Jorge Sánchez-Tarazaga y Marcelino
Abogado y Doctor en Derecho
Presidente de VAEL (Valencia Educa en Libertad)
Presidente de FEDEL (Federación Educación y Desarrollo en Libertad)
Fuente: Universidad Católica de Valencia.
6/3/12
Nuevos requisitos para ser profesor de Religión
Declaración académica DECA.MADRID, 6 Mar. (EUROPA PRESS) - La Conferencia Episcopal Española ha publicado en su página web 'www.conferenciaepiscopal.es' los nuevos requisitos –que entrarán en vigor en 2012-2013– para obtener la Declaración Eclesiástica de Competencia Académica (DECA), que expide la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis y que es necesaria para ser profesor de Religión Católica.Así, para la impartición de esta asignatura en Educación Infantil y Primaria, los candidatos a obtener la DECA deberán tener estudios teológicos –graduado en Estudios eclesiásticos o en Ciencias Religiosas–, casos en los cuales deberán cursar las materias de Fe-cultura y Didáctica de la religión católica.Asimismo, los interesados podrán obtener la DECA a través de estudios de magisterio, siendo graduado en Educación Infantil y Primaria, u obteniendo los títulos equivalentes en Grado. Estas titulaciones de Grado que dan acceso a la enseñanza en Educación Infantil y Primaria deberán cursar 24 créditos ECTS conforme a los programas establecidos por la Conferencia Episcopal Española.Por otro lado, para dar clase de Religión en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio, será necesario ser graduado en Teología y en Ciencias Religiosas o graduado civil con Bacalaureatus en Ciencias Religiosas. En todos estos casos, los aspirantes deberán hacer un curso de Capacitación Didáctica de la Religión, si no lo hubieran realizado en su plan de estudios.De esta forma, ante la equiparación de los títulos superiores eclesiásticos a los títulos civiles correspondientes por el Real Decreto 1619/2011 del 14 noviembre, se han adaptado los requisitos básicos para la obtención de la DECA a las nuevas titulaciones vigentes en España: Graduado, Máster y Doctor.La CEE ha aclarado que los profesores en ejercicio podrán continuar, sin perjuicio de las exigencias que se establezcan en cuanto a la actualización y perfeccionamiento y que la incorporación al nuevo plan de los alumnos que ya han comenzado sus estudios se hará sin perjuicio de los ya realizados.Fuente: Europa Press.