24/8/09

AEL RECURRE LAS DENEGACIONES DE OBJECION DE CONCIENCIA

EL MUNDO 14/08/09. Edición Digital Comunidad Valenciana.
Exigen a Font de Mora que admita la objeción de conciencia

Los padres de 241 niños recurrirán al TSJ si no se les exime de cursar EpC

  • Los padres de Educa en Libertad apelan a la doctrina del Constitucional
  • Llanos ha pronosticado que 'el próximo otoño' se 'promete muy movidito'
Los padres de 241 niños y adolescentes de las tres provincias de la Comunidad Valenciana han presentado este viernes en Alicante diversos recursos de reposición para que sus hijos queden eximidos de cursar las cuatro asignaturas de Educación para la Ciudadanía (EpC).
Los progenitores están vinculados a las asociaciones Alicante Educa en Libertad, Castellón Educa en Libertad y Valencia Educa en Libertad, que han respondido así ante la resolución del conseller de Educación, Alejandro Font de Mora, quien les "denegó el reconocimiento de su derecho", según fuentes de estas entidades.
En concreto, los recursos presentados por los representantes de esos padres en el registro de la Conselleria de Educación y en el de la Dirección Territorial de Alicante arguyen que la resolución denegatoria "vulnera el derecho fundamental a la libertad de conciencia, reconocido en la Constitución".
Las asociaciones consideran que también se infringe el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, derecho que corresponde a los poderes públicos garantizar, tanto dentro como fuera del ámbito escolar".

Apelan a la doctrina del Constitucional

Al mismo tiempo, los recurrentes apelan a "la doctrina del Tribunal Constitucional", que determina que "la objeción de conciencia no precisa de una Ley previa que la regule".
Por otra parte, defienden en sus escritos que las sentencias del Tribunal Supremo de 11 de febrero de 2009, en las que "pretende apoyarse" la resolución de la Conselleria, "no constituyen doctrina y, por tanto, no forman parte" del actual "ordenamiento jurídico, al haber sido "recurridas ante el Constitucional".
Las asociaciones tampoco aprueban que pueda "justificarse la resolución en la cita de preceptos relativos a las enseñanzas mínimas" en la ESO, porque tales "contenidos mínimos no pueden vulnerar, en ningún caso, los citados derechos fundamentales".
Además, han expuesto que "conforme al artículo 9.2 de la Constitución española, corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, y remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud".

Recursos contencioso-administrativo

Por ello, las familias objetoras han solicitado "la reposición de la decisión denegatoria y que la Conselleria tenga por comunicada la objeción de conciencia y declare a sus hijos exentos de cursar las asignaturas citadas y de ser evaluados en las mismas, sin que ello pueda producir efectos negativos de carácter académico".
Según José Berná, asesor jurídico de la asociación alicantina, si la Conselleria de Educación reitera su negativa, "plantearemos recursos contencioso-administrativos para reclamar una resolución favorable en el ámbito judicial".
Berná ha detallado que esas acciones tendrían que llevarse a cabo ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV), aunque también ha afirmado que están dispuestos a llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Por su parte, José María Llanos, asesor jurídico de la asociación de Valencia, ha lamentado que la Conselleria de Educación no haya remitido todavía su resolución denegatoria a numerosos objetores y que haya elegido las vacaciones de verano para comenzar a hacerlo.
Llanos ha pronosticado "el próximo otoño" se "promete muy movidito", puesto que a la tramitación de los pertinentes recursos ante el TSJCV habrá que añadir "la persistencia" del rechazo de muchas familias a que sus hijos entren en las clases de EpC.

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