3/2/11

Los centros no mixtos piden rapidez a los jueces. ANDALUCIA


Ven un «paso más» en la ratificación del Supremo.

Fuente: ABC.
Día 03/02/2011

La Confederación Española de Centros de Enseñanza en Córdoba (CECE), la patronal que agrupa a los tres colegios no mixtos concertados en la provincia, celebró ayer la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que ratifica las medidas cautelares dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para que estos centros mantengan las ayudas hasta que se resuelva el recurso contra la orden de la Consejería de Educación que niega el concierto a este modelo de enseñanza. 
 
«Es un paso más porque nos garantiza las medidas cautelares, pero tampoco podemos lanzar las campanas al vuelo. Lo importante ahora es que los tribunales (tanto el Supremo como el TSJA) se pronuncien pronto sobre la cuestión de fondo que nos ocupa y determinen si, como nosotros creemos, tenemos derecho a mantener las ayudas públicas», explicaron desde la patronal. CECE mantiene que este modelo de enseñanza no supone una diferenciación de trato, tal y como mantiene Educación. «Es una opción más y si los padres lo aceptan, no hay sentido para deslegitimarla», añadieron. 
 
La resolución del Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por los Servicios Jurídicos de la Junta contra dos dictámenes del TSJA que suspenden de manera cautelar la orden publicada por Educación en agosto de 2009 y que establece que los centros que segregan a sus alumnos por sexos no pueden tener concierto educativo. Dicha orden daba a los colegios no mixtos, doce en toda Andalucía, un plazo de un año para escolarizar a estudiantes de ambos sexos. En la provincia, los centros afectados son Zalima, en la capital, al que sólo acuden alumnas pero donde también está permitido el ingreso de alumnos; el colegio Yucatal, también femenino, en Posadas; y el colegio Torrealba, un centro masculino ubicado en Almodóvar del Río.
 
La sentencia del TS establece que no ha lugar a la revocación de la resolución del TSJA porque supondría «un perjuicio grave o irreparable» tanto para las familias como para el centro. No obstante, la resolución del no cuestiona el fondo del asunto y no se pronuncia sobre la idoneidad de la educación diferenciada. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario